El nuevo reglamento CE 517/2015 prohibirá a partir del 1/1/2025 los "Sistemas partidos simples de aire acondicionado que contengan menos de 3 kg de gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos, con un PCA igual o superior a 750". Ello obliga una nueva transición hacia nuevos refrigerantes, ya que el R-410A tiene un PCA de 1975.
Entre los candidatos elegidos por los fabricantes japoneses está el R-32 (PCA = 675).
http://refrigerationandairconditioning.danfoss.mx/refrigerants/r32/#
El Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas (RSIF - Real Decreto 138/2011) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, clasifica al R-32 como un gas refrigerante perteneciente al grupo A2, es decir, de baja toxicidad y ligeramente inflamable, encuadrándolo en el Grupo de media seguridad L2, por lo que deberemos adaptar los procedimientos de trabajo. Es refrigerante pro ser L2 tiene ciertas limitaciones a su instalación y requisitos específicos. Os dejo NOTA sobre este tema:
http://www.afec.es/es/afecnoticias079.asp?art=4
Y un artículo sobre esto:
http://www.voltimum.es/articulo/utilizacion-del-gas-refrigerante-r-32-segun-nuevo-reglamento-gases-fluorados-efecto
Información de Daikin al respecto:
https://www.daikin.es/docs/(A)RXM(J)42_50L(M)V1B_4PES414004-1_Addendum_Installation%20manuals_Spanish-tcm478-410600.pdf
http://www.dicair.com/wp-content/uploads/2016/05/R-32.pdf
Aquí tenéis la ficha de seguridad:
http://www.gas-servei.com/images/Ficha-seguridad-R-32.pdf